Como era de esperarse, el fallo de la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte de Lima que absuelve al ex alcalde del Coronel Portillo, Luis Valdez Villacorta, en el caso del asesinato del periodista Alberto Rivera fue rechazado en todos sus términos por la defensa y la hija del hombre de prensa.
“Es un mensaje gravísimo para la libertad de expresión y para la democracia, la sentencia que se ha dado el día de hoy”, expresó Carlos Rivera, abogado de los deudos de Rivera, cuyo asesinato se produjo en abril del 2004.
“El mensaje es que los capos de la droga pueden asesinar a los periodistas y aquí los periodistas tendrán que demostrasr judicialmente que estas personas están implicadas en hechos ilícitos”, indicó Rivera al término de la audiencia.
PIERDE EL PERIODISMO
Con el mismo tenor, Patricia Rivera, hija del periodista, declaró que el “periodismo está en pierde en el país”.
“Con esto queda demostrado que en el país opera la impunidad porque simplemente se tiene dinero”, acotó Patricia.
Finalmente, el abogado de Valdez, César Nakasaki, refirió que su lucha se centrará en que la Corte Suprema ratifique el fallo de la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte de Lima.
Hoy es un día importante para la administración de justicia. Finalmente, puede demostrar su imparcialidad, transparencia e idoneidad para sancionar a Luis Valdez Villacorta, ex alcalde de Coronel Portillo, sindicado como el autor intelectual del asesinato del periodista pucallpino Alberto Rivera Fernández.
Al cabo de casi seis años de perpetrado ese delito, la opinión pública no espera más que una decisión ejemplar de los tribunales que hasta ahora no han sido capaces de frenar las triquiñuelas y dilaciones de un personaje que sigue burlándose de la ley, negando su culpabilidad, aunque todo lo incrimina.
Solo la semana pasada, en una nueva maniobra por retrasar la programada lectura de la sentencia, Valdez aprovechó la autorización que le dio la Tercera Sala Penal con Reos Libres para hacer un alegato que apuntaba básicamente a convencer al tribunal de su inocencia, pero que no aportó nada sobre los hechos y las graves acusaciones en su contra. No respondió por los testimonios del sicario Samuel Gonzales, quien desde el 2005 purga condena y quien acusó a Valdez de ser el autor intelectual del crimen. Tampoco sobre las nuevas denuncias que la prensa ha difundido recientemente, y que también lo responsabilizan de haber ordenado asesinar a Rivera por encargo.
En lo que va del proceso, asimismo, la justicia no ha sido coherente con las pruebas e indicios presentados. En noviembre del 2007, la Primera Sala Penal de Ucayali absolvió, en medio del escándalo público al ex alcalde, aunque al año siguiente la Corte Suprema tuvo que anular ese fallo y ordenar un nuevo proceso que se inició en marzo del año pasado. La sentencia que debe leerse hoy cierra otro ciclo extremada e innecesariamente alargado, controvertido y, como señala la defensa del periodista asesinado, plagado de irregularidades, a pesar de que los autores materiales han sido condenados, mientras la cabeza que los contrató y planeó el homicidio sigue sin castigo.
El tribunal tiene que valorar lo que está en juego. Además, los jueces Jorge Aguinaga Moreno, José Chávez Hernández y Malzon Urbina La Torre deben recordar que sobre ellos pesa ya un proceso disciplinario por inconducta funcional, emprendido valientemente por la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA), porque habrían quebrado el anterior juicio a Valdez.
El criterio del magistrado es, además, fundamental. Estamos ante un personaje que ha afrontado otros procesos, por lavado de activos y tráfico de drogas, delitos que Rivera denunció, y que lo convirtieron en un personaje incómodo para la comuna de Coronel Portillo. La legalidad debe prevalecer y no aparecer ante la ciudadanía como cómplice de un delito que no solo acabó con la vida de una persona, sino que constituye el peor atentado contra la prensa cometido en los últimos años.
Ha quedado demostrado que solo la presión de la opinión pública, los pronunciamientos de entidades como el Consejo de la Prensa Peruana (CPP) y la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) han impedido que este caso quede en la impunidad.
Por ello, se equivoca la defensa de Valdez si cree que atacando a los medios integrantes del CPP, o acusándolos de tener intereses subalternos, impedirá que sigan exigiendo justicia en este emblemático caso de libertad de prensa. Los abogados de Valdez, que son los mismos que defienden al reo Fujimori, pretenden aplicar los métodos fujimontesinistas que el Perú no debe volver a soportar. La sanción tiene, pues, que ser ejemplar y contemplar que los ataques agraviantes solo inciden directamente en la responsabilidad del procesado.
Jose Carlos Agüero y Mónica Carrillo, de la Asociación LUNDU analizan la deuda pendiente de la sociendad y los Gobiernos por garantizar los derechos de los afrodescendientes en el Perú. Acompáñanos en esta nueva edición de Derechos & Humanos, vía Perunet.tv.
En febrero de 1975, la policía se declaró en huelga y el conflicto, encarado torpemente por la dictadura militar de entonces, escaló fuera de todo control y desembocó en el saqueo general de los comercios del centro de la ciudad de Lima, con decenas de víctimas civiles abatidas por el ejército. Era la primera vez que la policía, cansada de ser postergada, recurría a una acción de reivindicación gremial que la ley no le permite. El caso debió tomarse como una clarinada de alerta, como una señal urgente para enmendar lo que desde el Estado se hacía mal en relación con la policía.
No obstante, desde entonces, el deterioro no ha hecho sino extenderse y profundizarse sin que los varios gobiernos que se sucedieron hasta el actual hayan hecho algo efectivo por detener este lamentable declive.
El Ministerio del Interior ha visto pasar toda clase de ministros, de ideologías y personalidades multicolores, pero unidos en la improvisación y la estrechez de horizonte. Que quede claro que si el país tiene una PNP desmoralizada e ineficaz es porque así lo ha querido su clase política. No era ni es inexorable que fuese así. Momentos de excepción como las administraciones de los ministros Fernando Rospigliosi y Gino Costa, que plantearon una reforma policial profunda y ambiciosa, fueron puestos de lado por quienes prefieren reinar sobre el marasmo para sacar partido de él.
A una clase política carente de auténtica vocación democrática y profundamente corrupta le basta con tener la policía que tenemos. Porque otra cosa sería si hubiese la voluntad de relacionarse con la población de un modo distinto: respetuoso, igualitario y ajustado a la ley. Por eso, cada vez que piensan en la PNP, no van más allá del fortalecimiento de su capacidad para acciones de fuerza. No tienen igual importancia para ellos temas como la relación con la población o el estatus del propio policía, cada vez más empobrecido y menos formado.
Incluso los derechos del policía que sufre lesiones o pierde la vida en acción no son atendidos con prontitud. Los políticos suelen en tales casos rendir homenajes verbales para luego olvidar los reclamos concretos en la marabunta burocrática. Es evidente que esto no puede continuar, que no podemos seguir postergando el desafío de una reforma y reconstrucción de la PNP. Este gobierno, evidentemente, ya no la hará. Lo lamentable es que, entre los candidatos que se perfilan hacia el 2011, tampoco se percibe alguien que garantice un cambio radical de esta situación.
En impactantes imágenes se puede apreciar como la minera estatal china, Chinalco, pretende consumar la presentación del EIA (Estudio de Impacto Ambiental) en la localidad de Morococha ubicada en el departamento de Junín, para así empezar a desarrollar el megaproyecto Toromocho, a pesar de la oposición de sus principales autoridades, como el alcalde y el jefe de la comunidad.
Se les había solicitado el aplazamiento de la misma, ya que las autoridades no estaban debidamente informadas por Chinalco de asuntos claves como el balance hídrico y los procesos que comprometerían seriamente la salud y el bienestar de los lugareños.
Es indignante ver como las personas que realmente viven allí fueron reprimidas y maltratadas por los efectivos policiales que deberían defenderlos, incluso sorprende el despliegue de miembros de la Dirección de Operaciones Especiales (Diroes) que lanzan bombas lacrimógenas a quienes solo querían ejercer su derecho a la información y de protesta contra el abuso de esta multimillonaria minera.
Lo peor de todo es que cuando las bombas lacrimógenas ingresan al colegio, los organizadores de la “consulta” cierran todos los accesos de salida y las personas encerradas en su desesperación empezaron a deslizarse por las ventanas, con grave riesgo de asfixia o lesiones.
En horas de la mañana del martes 2 de febrero, Oscar Romero Malca, dirigente rondero de la provincia de Santa Cruz (Cajamarca), se dirigía junto con una comitiva a una reunión con parlamentarios en las instalaciones del Congreso de la República. Grande fue su sorpresa cuando los efectivos policiales lo retuvieron alegando que tenía una requisitoria pendiente por los incidentes ocurridos el año 2004 en protestas contra el proyecto minero La Zanja. Ello, a pesar de que el día anterior también había estado en el Congreso sin impedimento alguno. En este momento, Romero Malca se encuentra detenido en Requisitorias, en Lima, y es probable que sea llevado a una cárcel en Cajamarca.
Estibaldo Quispe, presidente de la Federación Provincial de Rondas Campesinas de Santa Cruz, acompañaba en sus gestiones a Romero Malca cuando se produjo el arresto. En declaraciones a Alerta Perú, Quispe explicó que la delegación había venido a Lima para realizar gestiones en el Congreso y el Ministerio de Energía y Minas en protesta contra la contaminación ambiental que, dicen, ya está produciendo la minería.
Romero Malca fue detenido cuando estaba en actitud totamente pacífica e iba a reunirse por segundo día consecutivo con parlamentarios. No tenían ninguna notificación de que se encontraba requisitoriado.No es la primera vez que ocurre algo así: el dirigente minero Pedro Condori también fue detenido cuando salía de una reunión en el Ministerio de Trabajo. Parece que ya no hay ninguna seguridad de que los espacios de diálogo con el Estado no sean utilizados para llevar a la práctica la persecución contra dirigentes sociales.
El cargo que pesa contra el líder campesino es por “robo agravado”, cosa que a juicio de Quispe es más indignante aún ya que los ronderos “justamente luchamos contra los robos en nuestros territorios”. Unos 30 campesinos enfrentan procesos judiciales desde el 2004, cuando se produjeron incidentes que terminaron con la quema del campamento de la mina La Zanja, ubicada en el distrito de Pulán (Santa Cruz, Cajamarca).
En otro momento, Quispe aseguró que los pobladores de la zona desean seguir viviendo de la manera tradicional, con una economía sostenible basada en la agricultura y la ganadería, y solicitó que si se quiere invertir en el distrito se invierta en esos rubros. “Por ejemplo, sabemos que un millón invertido en agricultura puede generar 150 puestos de trabajo, mientras que el mismo millón invertido en minería genera sólo un puesto de trabajo”, enfatizó.
Alerta Perú también conversó con Celso Santa Cruz, alcalde de Pulán, quien explicó que el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto La Zanja, aprobado por el Ministerio de Energía y Minas en abril del 2009, tiene una serie de irregularidades. “Las audiencias públicas no tuvieron nada de públicas”, aseguró, pues la empresa no habría permitido entrar a los dirigentes ni al equipo técnico conformado vinculado con la municipalidad. Según Santa Cruz, en la última audiencia de julio del 2008 sólo había unas 200 personas reunidas en el local, mientras unos 7 mil campesinos estaban protestando afuera. El proyecto, afirmó el alcalde, es rechazado por la población porque se ubica en la cabecera de la cuenca del río Chancay y afectaría la calidad del agua, pues utilizaría mercurio en el proceso de lixiviación del mineral. El alcalde mostró un estudio remitido por la propia Fiscalía Provincial de Santa Cruz en el que se indica que la presencia de plomo en el agua es de 12 partes por billón, y la presencia de cadmio es de 0,69 partes por billón, lo que sería muy cercano a los máximos permitidos (para plomo, 15 partes por billón). Según la población, esto se debe a contaminación producida por la empresa durante la etapa de exploración.
La Zanja es un proyecto altamente conflictivo en la zona. El 2004, el comunero Juan Romero Lingán murió en enfrentamientos con trabajadores de la empresa, pero los autores materiales del crimen no han sido sancionados. En tanto Alejandro Izquierdo, otro dirigente de la zona, estuvo detenido durante alrededor de dos años por cargos de secuestro y extorsión -también por participar en protestas- pero finalmente fue absuelto.
El proyecto minero La Zanja es propiedad del Grupo Buenaventura en un 53% y de la norteamericana Newmont en un 47%, y espera extraer más de 500 mil onzas de oro y casi cuatro millones de onzas de plata a través de una explotación a tajo abierto. Casi el 100% del distrito de Pulán está concesionado a distintos proyectos mineros, en tanto que el 65% de la provincia de Santa Cruz se encuentra en la misma situación.
Frente al aprovechamiento que diversos actores pretenden tener en relación a la aparición de cientos de casos de negligencias médicas en EsSalud, MINSA y establecimientos privados, ForoSalud considera urgente informar a la opinión pública lo siguiente:
El octubre de 2009, luego de haber transcurrido más de cinco años de la presentación de la iniciativa ciudadana apoyada por 100 mil firmas, el Congreso de la República aprobó la ley 29414: De derechos de las personas usuarias de los servicios de salud.
Esta norma establece claramente el marco jurídico que se debe aplicar en los casos de eventos adversos en los establecimientos de salud públicos o privados, sean negligencias u otras complicaciones derivadas de las atenciones médicas.
En su artículo 1, que modifica el artículo 15 de la ley general de salud, acápite 15.3 establece que los usuarios de los servicios de salud tienen derecho a:
Inciso f:
“A ser escuchada y recibir respuesta por la instancia correspondiente cuando se encuentre desinformada con la atención recibida, para estos efectos la ley proveerá de mecanismos alternativos y previos al proceso judicial para la solución de conflictos en los servicios de salud.”
Como se observa, esta norma vigente establece que se den los mecanismos alternativos y previos al proceso judicial, para lograr así un resarcimiento oportuno.
En el caso del “chuponeo y congresistas tránsfugas”, el fiscal supremo Pablo Sánchez Velarde solicitó el incremento de la pena impuesta el 30 de septiembre pasado, por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, a Alberto Fujimori por la comisión de los delitos de corrupción, peculado e interceptación telefónica: de 6 a 7 años. Igualmente, pidió que la inhabilitación para ejercer cargo público se incremente de dos años hasta dos años y siete meses.
Frente a los desastres naturales producidos en las regiones de Cusco, Apurímac, Huancavelica y Puno, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos expresa su solidaridad con todas las poblaciones afectadas, que han sufrido enormes pérdidas (vivienda, enseres, ganado, etc.), habiendo resultado afectadas extensas áreas de cultivo que constituyen su principal fuente de subsistencia. No es cierto que solo el turismo se haya visto afectado con las inundaciones y deslizamientos de tierras.
Lo sucedido merece una reflexión profunda y seria, pues en estas regiones la presencia de intensas lluvias, heladas, sequía y otros fenómenos naturales no son repentinos ni sorpresivos, y en el futuro pueden presentarse con mayor intensidad y frecuencia debido al cambio climático. Lo que se requiere es contar con planes efectivos de prevención y una organización adecuada del Estado para hacer frente a toda clase de desastre natural, para garantizar la seguridad de toda población vulnerable.
Exhortamos al Gobierno en todas sus instancias: nacional, regional y local, a hacer efectiva la ayuda que inmediatamente requieren los afectados, poniendo énfasis en la necesidad de echar bases para el desarrollo de las poblaciones afectadas, mediante un plan de atención integral que tome en cuenta sus derechos básicos a la vivienda, la alimentación y la salud.
Ante la imposición de una servidumbre minera sobre el territorio de la Comunidad Campesina de El Tingo, en Cajamarca, mediante Resolución Suprema nº 080-2009-EM, la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos declara ante la opinión pública lo siguiente:
1.- El procedimiento de servidumbre minera, previsto en el artículo 7 de la Ley General de Minería, permite imponer la actividad minera contra la voluntad de las comunidades campesinas. Este procedimiento existe desde el gobierno de Fujimori, pero muy rara vez se ha utilizado.
2.- La servidumbre minera constituye, en realidad, una expropiación disimulada e inconstitucional.
- Se trata de una expropiación, porque 20 años de actividad minera, incluyendo la instalación de fosas de relaves, suponen la destrucción del terreno utilizado, convirtiendo esta parte del territorio comunal en una zona inservible para la agricultura.
- Esta expropiación de hecho no se inscribe en ninguno de los supuestos constitucionales, ya que se efectúa con el fin de facilitar las actividades de una empresa privada (Coymolache, perteneciente a la compañía minera Buenaventura) y no para realizar un servicio público o proteger la seguridad nacional.
3.- Además, en el caso que nos ocupa no se ha respetado la exigencia constitucional de una justa indemnización a la comunidad campesina afectada, ya que la disposición del Gobierno contempla solo 3,500 dólares por hectárea, y no considera el impacto ambiental y social que sufrirá la comunidad campesina como consecuencia de la actividad minera, teniendo en cuenta a este respecto los antecedentes de la empresa Yanacocha, vinculada al mismo grupo empresarial.
4.-La imposición de la servidumbre minera contraviene claramente el Convenio 169 de la OIT, que establece el derecho de los pueblos indígenas a ser consultados antes del desarrollo de actividades extractivas en sus territorios, así como el derecho de los pueblos a elegir libremente su modelo de desarrollo. Supone también un claro incumplimiento de las recomendaciones sobre esta materia que recientemente han dado al Gobierno peruano el Relator de las Naciones Unidas para los Derechos de los Pueblos Indígenas, la OIT, el Comité para la Erradicación de la Discriminación Racial, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y, dentro del Perú, la Defensoría del Pueblo.
5.- Más allá de este caso concreto, que supone una clara vulneración de los derechos de la Comunidad de El Tingo, estamos sumamente preocupados por lo que podría ser el anuncio de una nueva estrategia para doblegar la resistencia de las comunidades que, haciendo uso de sus legítimos derechos, se oponen al desarrollo de actividades extractivas en sus territorios.
6.- Como hemos señalado reiteradamente, la injusticia es la principal causa de la creciente conflictividad social, y una política como la que parece anunciarse solo contribuirá a desestabilizar aún más el país y a debilitar nuestra democracia. Hacemos un llamado a las autoridades, y en particular al Gobierno, a actuar con prudencia y responsabilidad, y entre tanto, a no aplicar esta cuestionada resolución suprema.