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Por Ronald Gamarra Herrera
En febrero de 1975, la policía se declaró en huelga y el conflicto, encarado torpemente por la dictadura militar de entonces, escaló fuera de todo control y desembocó en el saqueo general de los comercios del centro de la ciudad de Lima, con decenas de víctimas civiles abatidas por el ejército. Era la primera vez que la policía, cansada de ser postergada, recurría a una acción de reivindicación gremial que la ley no le permite. El caso debió tomarse como una clarinada de alerta, como una señal urgente para enmendar lo que desde el Estado se hacía mal en relación con la policía.
No obstante, desde entonces, el deterioro no ha hecho sino extenderse y profundizarse sin que los varios gobiernos que se sucedieron hasta el actual hayan hecho algo efectivo por detener este lamentable declive.
El Ministerio del Interior ha visto pasar toda clase de ministros, de ideologías y personalidades multicolores, pero unidos en la improvisación y la estrechez de horizonte. Que quede claro que si el país tiene una PNP desmoralizada e ineficaz es porque así lo ha querido su clase política. No era ni es inexorable que fuese así. Momentos de excepción como las administraciones de los ministros Fernando Rospigliosi y Gino Costa, que plantearon una reforma policial profunda y ambiciosa, fueron puestos de lado por quienes prefieren reinar sobre el marasmo para sacar partido de él.
A una clase política carente de auténtica vocación democrática y profundamente corrupta le basta con tener la policía que tenemos. Porque otra cosa sería si hubiese la voluntad de relacionarse con la población de un modo distinto: respetuoso, igualitario y ajustado a la ley. Por eso, cada vez que piensan en la PNP, no van más allá del fortalecimiento de su capacidad para acciones de fuerza. No tienen igual importancia para ellos temas como la relación con la población o el estatus del propio policía, cada vez más empobrecido y menos formado.
Incluso los derechos del policía que sufre lesiones o pierde la vida en acción no son atendidos con prontitud. Los políticos suelen en tales casos rendir homenajes verbales para luego olvidar los reclamos concretos en la marabunta burocrática. Es evidente que esto no puede continuar, que no podemos seguir postergando el desafío de una reforma y reconstrucción de la PNP. Este gobierno, evidentemente, ya no la hará. Lo lamentable es que, entre los candidatos que se perfilan hacia el 2011, tampoco se percibe alguien que garantice un cambio radical de esta situación.
Publicado en La República 5/2/2010
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Frente al aprovechamiento que diversos actores pretenden tener en relación a la aparición de cientos de casos de negligencias médicas en EsSalud, MINSA y establecimientos privados, ForoSalud considera urgente informar a la opinión pública lo siguiente:
El octubre de 2009, luego de haber transcurrido más de cinco años de la presentación de la iniciativa ciudadana apoyada por 100 mil firmas, el Congreso de la República aprobó la ley 29414: De derechos de las personas usuarias de los servicios de salud.
Esta norma establece claramente el marco jurídico que se debe aplicar en los casos de eventos adversos en los establecimientos de salud públicos o privados, sean negligencias u otras complicaciones derivadas de las atenciones médicas.
En su artículo 1, que modifica el artículo 15 de la ley general de salud, acápite 15.3 establece que los usuarios de los servicios de salud tienen derecho a:
Inciso f:
- “A ser escuchada y recibir respuesta por la instancia correspondiente cuando se encuentre desinformada con la atención recibida, para estos efectos la ley proveerá de mecanismos alternativos y previos al proceso judicial para la solución de conflictos en los servicios de salud.”
- Como se observa, esta norma vigente establece que se den los mecanismos alternativos y previos al proceso judicial, para lograr así un resarcimiento oportuno.
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En el caso del “chuponeo y congresistas tránsfugas”, el fiscal supremo Pablo Sánchez Velarde solicitó el incremento de la pena impuesta el 30 de septiembre pasado, por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, a Alberto Fujimori por la comisión de los delitos de corrupción, peculado e interceptación telefónica: de 6 a 7 años. Igualmente, pidió que la inhabilitación para ejercer cargo público se incremente de dos años hasta dos años y siete meses.
Ver dictamen de la Fiscalía Suprema en lo Penal

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Elaboran documento al Estado peruano que visualice las demandas y propuestas de este sector
Frente a las débiles políticas públicas por parte del Estado hacia el pueblo afroperuano y en especial hacia las mujeres, LUNDU Centro de Estudios y Promoción Afroperuanos organiza, desde el pasado 27 de enero, junto a diferentes lideresas afroperuanas de las instituciones de la sociedad civil una plataforma y agenda que visualice sus demandas y propuestas.
El documento que se está elaborando contiene entre sus temas: calidad de vida, participación política y económica; salud, derechos sexuales y derechos reproductivos y educación.
La plataforma nace debido al desconocimiento de la realidad de este sector de la población por parte de los funcionarios públicos, hecho que es distante frente a la situación de otros países de la región como Colombia, Brasil y Ecuador que han demostrado avances en su legislación, como la existencia de políticas de cuotas o cupos que promuevan la participación de las mujeres afrodescendientes en sus decisiones políticas como país.
Las instituciones que participan en la elaboración de la plataforma son: Cedet, Asociación Margarita, Makungu, Sintrahogarp (Sindicato de Trabajadoras del Hogar del Perú) y LUNDU Centro de Estudios y Promoción Afroperuano, proceso en las que seguirán sumando otras instituciones.
Fuente: LUNDU, Centro de Estudios y Promoción Afroperuanos
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El Instituto de Defensa Legal acaba de presentar un Amicus Curiae en el proceso de inconstitucionalidad que viene conociendo el Tribunal Constitucional contra los Decretos Legislativos expedidos por el gobierno en el marco de la implementación del TLC con USA, que no fueron consultados con los Pueblos Indígenas, y que originaron en parte los sucesos de Bagua que todos conocemos y cuyas muertes todos lamentamos (Ver: http://www.justiciaviva.org.pe/webpanel/doc_trabajo/doc28012010-194532.pdf).
Los DL que viene siendo cuestionados son el D.L. Nº 1089 (Régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios rurales), D.L. Nº 1079 (Establecen medidas que garanticen el patrimonio de áreas naturales), D.L. Nº 994 (Inversión privada en proyectos de irrigación para la ampliación la frontera agrícola), Ley Nº 29338 (Ley de recursos hídricos) y D. L. 1020 (organización de productores agrarios y la consolidación de la propiedad rural para el crédito agrario). Todos ellos recaídos en los expedientes Nº 00022-PI/TC, Nº 00023- PI/TC, Nº 00024-PI/TC, Nº 00025-PI/TC, y 00027-PI/TC.
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Comunicado
Rechazamos todo intento de restringir el derecho a la información y la libertad de prensa
SINERGIA, Asociación Venezolana de Organizaciones de Sociedad Civil, expresa su más enérgico rechazo a cualquier medida gubernamental que cercene el derecho de la población venezolana, tanto individualmente como a través de sus expresiones organizadas, a recibir y difundir información.
Son muchos y muy sentidos los problemas sociales que enfrenta el pueblo venezolano y, a su vez, es mucha su capacidad creadora y productiva para enfrentarlos. Pero es solo mediante el diálogo plural y el debate de propuestas, basados en el acceso a la información y en la posibilidad de expresarse libremente, como esa capacidad de la población puede encontrar concreción en políticas públicas y prácticas para alcanzar una vida digna.
El bien común, expresado en nuestra Constitución y en los pactos y convenios que en materia de derechos humanos ha suscrito la República, implica el más absoluto respeto de las garantías allí contenidas, en particular para quienes, “autorizados para hacer el bien”, como expresaba Simón Bolívar en el Discurso de Angostura, tienen las más altas funciones de gobierno.
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PRONUNCIAMIENTO
El Ilustre Colegio de Abogados de Ayacucho, en ejercicio de uno de sus principios institucionales, frente a la publicación de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1880-2009-MP-FN, publicada el día 05 de enero de 2010, en el diario oficial El Peruano, se dirige a los miembros de la orden y a la comunidad ayacuchana para manifestar lo siguiente:
PRIMERO.- Entre los principios, fines y objetivos del Colegio de Abogados de Ayacucho, es el de promover y defender la justicia, los derechos, el estado de derecho; así como proteger la dignidad del abogado, el cumplimiento de la función social que a la abogacía corresponde.
SEGUNDO.- Es de conocimiento público que mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1880-2009-MP-FN, suscrita por la señora Fiscal de la Nación, declara fundada la denuncia formulada contra la señora Fiscal Provincial de la Fiscalía Especializada en Derechos Humanos, Desapariciones Forzadas, Ejecuciones Extra Judiciales y Exhumación de Fosas Clandestinas de Ayacucho, Dra. Cristina Del Pilar Olazabal Ochoa, por la presunta comisión del delito de Prevaricato, como consecuencia a que la referida Fiscal ha formalizado la denuncia con fecha 02 de febrero de 2005, contra el ciudadano Alan García Pérez, en su condición de ex Presidente de la Republica, en el periodo 1985-1990, como presunto responsable por omisión impropia en los delitos de Asesinato y Genocidio, por los hechos ocurridos el 14 de agosto de 1985 en la localidad de Accomarca-Lloccllapampa; cuya denuncia contra la citada Fiscal Provincial la consideramos arbitraria, por cuanto implica un coaccionamiento y presión política a los operadores de la administración de justicia.
TERCERO.- Se tiene conocimiento que la denuncia formulada contra la referida Representante del Ministerio Público ha sido formalizada ante la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho para su trámite correspondiente con el Exp. Nª 001-I-2010; ante tal situación invocando el irrestricto respeto a los fueros institucionales, al desarrollo de una administración de justicia con autonomía, transparencia e independencia, sin presiones, amenazas u otro que coacte el libre desempeño funcional del Juez Superior que estará a cargo de la instrucción, EXIGIMOS un tratamiento de igualdad ante la ley, dignidad de la señora Fiscal cuestionada y el sometimiento del poder al derecho, a la razón, el imperio de la fuerza de la razón frente a la razón de la fuerza, por constituir el ideal de un estado constitucional de derecho que pretendemos construir en el país.
Ayacucho, 25 de enero de 2010.
LA JUNTA DIRECTIVA
ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE AYACUCHO
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José Carlos Agüero de la CNDDHH y Luis Rocca, representante del Museo Afroperuano, analizan la problemática de la población afro de Haití tras el terremoto. Una nueva edición de Derechos & Humanos vía perunet.tv
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Por Michael Reed Hurtado (*)
El Gobierno nacional promueve en la actualidad un proyecto de ley para la prórroga indefinida de la aplicación de la Ley de Justicia y Paz. Es decir, busca extender la aplicación de la pena alternativa (de cinco a ocho años) a conductas atroces que se hayan cometido después de julio de 2005. Esta fórmula es inconveniente, desacertada y peligrosa.
La Ley de Justicia y Paz es una norma excepcional que se diseñó en un contexto específico: la negociación con los paramilitares. Fue además una ley con un trámite complejo que no deberíamos olvidar. Se trató de un pulso de fuerzas públicas y subrepticias que llevaron a la aprobación de este marco jurídico especial para los paramilitares. Es un error analizar Justicia y Paz por fuera de este contexto; fue una ley hecha a la medida de los grupos paramilitares y de la delincuencia organizada que aprovechó para meterse en el paseo.
El límite temporal que el Gobierno hoy presenta como generador de una “diferenciación irrelevante” no fue casual. Éste tenía el propósito de establecer un mecanismo con garras para compeler el cumplimiento del cese de hostilidades, al cual se habían comprometido los negociadores. Si la desmovilización iba en serio, la justicia penal asumiría de manera benigna los hechos cometidos antes de la desmovilización. El desarme y cese de hostilidades se plantearon como compromisos a partir del 8 de diciembre de 2002. ¿Por qué razón se debe esperar que la bondad de Justicia y Paz en materia penal se extienda a delitos cometidos después de acordada la paz con estos grupos?
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La Defensora del Pueblo hizo un llamado para aprobar con prontitud la Ley de Consulta a los
Pueblos Indígenas. Merino sostuvo que pudieron evitarse lamentables hechos.
La Defensora del Pueblo, Beatriz Merino, presentó, ante la comisión parlamentaria que investiga los sucesos ocurridos en Bagua y Utcubamba, un informe institucional que da cuenta de las actuaciones defensoriales antes, durante y después del conflicto. Al culminar dicha presentación, la titular de la Defensoría del Pueblo realizó cuatro reflexiones finales motivadas por estos lamentables sucesos.
En primer lugar, demandó la aprobación de la Ley de Consulta. En segundo lugar, exhortó sobre la necesidad de reorganizar el Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afro peruano (INDEPA) y fortalecerlo, para ello mencionó la necesidad de una fuerte institucionalidad estatal indígena.
Como tercer punto recomendó la necesidad de desarrollar el diálogo intercultural entre el Estado y la población indígena. Indicó que los sucesos de Bagua evidenciaron la carencia de instrumentos para el diálogo intercultural que eviten volver a lamentar el enfrentamiento violento entre peruanos.
Finalmente, como cuarta reflexión hizo un llamado a construir un Estado inclusivo. Señaló que los sucesos de Bagua tuvieron como telón de fondo la discriminación y la exclusión que sufren los pueblos indígenas amazónicos.
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